Decreto Ley 1567 de 1998. Artículo 3. Componentes del Sistema. e. Organismos:
2. Escuela Superior de Administración Pública. Además de las funciones establecidas en sus estatutos, le corresponde participar en la elaboración, la actualización y el seguimiento del Plan, así como prestar asesoría a las entidades que lo soliciten para la ejecución de éste. Le corresponde igualmente diseñar el currículo básico de los programas de inducción y de reinducción, siguiendo las orientaciones que imparta el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Imagen referenciada de Internet
No hay comentarios:
Publicar un comentario