ESCUELA DE GOBIERNO CARTAGENA DE INDIAS

Escuela de Gobierno de Cartagena de Indias, fundada desde el 21 de Junio del año 2001. OBJETIVO. Dirigir la política de formación y capacitación de los empleados del Distrito y de los integrantes de las JAL y Organizaciones cívicas y comunales, en concordancia con el Plan de Desarrollo.

viernes, 5 de julio de 2024

DISPOSICIONES GENERALES DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN

DECRETO-LEY 1567 DE 1998:

ARTÍCULO 6. Principios Rectores de la Capacitación. Las entidades administrarán la capacitación aplicando estor principios.

 f. Integración a la Carrera Administrativa. La capacitación recibida por los empleados debe ser valorada como antecedentes en los procesos de selección, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.

 g. Profesionalización del servicio Público. Los servidores públicos independientemente de su tipo de vinculación con el Estado podrán acceder a los programas de capacitación y de bienestar que adelante la Entidad, atendiendo a las necesidades y al presupuesto asignado. En todo caso, si el presupuesto es insuficiente se dará prioridad a los empleados con derechos de carrera administrativa.

h. Economía. En todo caso se buscará el manejo óptimo de los recursos destinados a la capacitación, mediante acciones que pueden incluir el apoyo interinstitucional.

i. Énfasis en la Práctica. La capacitación se impartirá privilegiando el uso de metodologías que hagan énfasis en la práctica, en el análisis de casos concretos y en la solución de problemas específicos de la entidad.

j. Continuidad. Especialmente en aquellos programas y actividades que por estar dirigidos a impactar en la formación ética y a producir cambios de actitudes, requieren acciones a largo plazo.

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